En Ecuador existe un marco jurídico sólido que garantiza la igualdad laboral entre hombres y mujeres —como la Constitución (arts. 11.2, 66.4 y 331), el Código del Trabajo (arts. 79, 42.33 y 172) y el COIP (art. 176)—; sin embargo, aún no puede hablarse de una igualdad real.
Persisten brechas salariales en distintos sectores, segregación ocupacional que concentra a las mujeres en actividades menos remuneradas, discriminación asociada a la maternidad pese a su prohibición legal, y altos índices de acoso laboral y sexual que afectan principalmente a trabajadoras.
Aunque la ley establece claramente la igualdad de remuneración, acceso al empleo, ascensos y protección frente a la discriminación, en la práctica estos derechos no siempre se cumplen, lo que evidencia una distancia significativa entre la normativa y la realidad laboral del país.
ASPECTO SALARIAL:
Las mujeres siguen ganando menos por trabajos equivalentes.
Ejemplo: en varios sectores como comercio, industria y servicios el ingreso promedio de las mujeres es entre 10 % y 20 % menor pese a realizar funciones similares. Esto muestra que, aunque el Art. 331 de la Constitución garantiza igualdad salarial, la aplicación no es uniforme.
MATERNIDAD:
A pesar de que es ilegal despedir por embarazo (Código del Trabajo, art. 172), muchas mujeres reportan: negación de contratación al saber que tienen hijos pequeños, estancamiento en ascensos por responsabilidades familiares, exigencias de pruebas de embarazo (lo cual es discriminación).